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domingo, 31 de marzo de 2013
INCAPACIDAD PARCIAL Y TEMPORAL.
Son incapacidades parciales y temporales las que imposibilitan a la víctima para reanudar el ejercicio de su profesión o trabajo habitual durante un tiempo no menor de seis días, ni mayor de seis meses.
sábado, 30 de marzo de 2013
INCAPACIDAD PARCIAL Y PERMANENTE.
Son incapacidades parciales y permanentes las que determinan una disminución parcial pero definitiva, de la capacidad de trabajo. Los las siguientes:
Pérdida o inutilización de la extremidad superior derecha, en su totalidad o en sus partes esenciales, considerándose como tales la mano, la totalidad de los dedos de la mano.
Pérdida o inutilización de la extremidad superior izquierda, en su totalidad o en sus partes esenciales, la mano o la totalidad de los dedos de la mano.
Inutilización total de los dedos de la mano.
Pérdida o inutilización de luna de las extremidades inferiores, en su totalidad o en sus partes esenciales, conceptuándose parte esencial el pie.
Pérdida o inutilización total de un pie.
Pérdida de un ojo o de la visión.
Sordera total.
Hernia simple.
Hernia doble.
Pérdida o inutilización de la extremidad superior derecha, en su totalidad o en sus partes esenciales, considerándose como tales la mano, la totalidad de los dedos de la mano.
Pérdida o inutilización de la extremidad superior izquierda, en su totalidad o en sus partes esenciales, la mano o la totalidad de los dedos de la mano.
Inutilización total de los dedos de la mano.
Pérdida o inutilización de luna de las extremidades inferiores, en su totalidad o en sus partes esenciales, conceptuándose parte esencial el pie.
Pérdida o inutilización total de un pie.
Pérdida de un ojo o de la visión.
Sordera total.
Hernia simple.
Hernia doble.
viernes, 29 de marzo de 2013
INCAPACIDAD ABSOLUTA Y TEMPORAL
Son incapacidades absolutas y temporales las que imposibilitan totalmente a la víctima para todo género de trabajo durante un tiempo no menor de seis días ni mayor de un año.
jueves, 28 de marzo de 2013
ACCIDENTE CON AUSENCIA.
Según los artículo 89 al 92 del REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DEL TRABAJO, las consecuencias de los accidentes se clasifican en cinco tipos:
a) MUERTE.
b) INCAPACIDAD ABSOLUTA Y PERMANENTE.
Son incapacidades absolutas y permanentes las que imposibilitan a la víctima de una manera definitiva, para todo género de trabajo. Las consideradas son las siguientes:
Pérdida total o en sus partes esenciales de las dos extremidades superiores, de las dos inferiores, de una extremidad inferior y otra superior, conceptuándose para este fin, como partes esenciales, el pie y la mano.
La lesión funcional del aparato locomotor que determine consecuencias análogas a la mutilación de las extremidades a que se refiere el punto anterior.
La pérdida de los ojos, entendiéndose como tal la anulación del órgano o pérdida de la fuerza visual.
La pérdida de un ojo, con disminución importante de la fuerza visual del otro.
La enajenación mental incurable.
Las lesiones orgánicas o funcionales del cerebro o de aparatos circulatorio o respiratorio, ocasionados directamente o indirectamente por acción mecánica de las maquinarias o elementos industriales y siempre que se reputen incurables.
La concurrencia de dos o más lesiones constitutivas cada una de incapacidad parcial y que avaluadas en conjunto, puedan reputarse análogas en sus consecuencias a una incapacidad absoluta.
a) MUERTE.
b) INCAPACIDAD ABSOLUTA Y PERMANENTE.
Son incapacidades absolutas y permanentes las que imposibilitan a la víctima de una manera definitiva, para todo género de trabajo. Las consideradas son las siguientes:
Pérdida total o en sus partes esenciales de las dos extremidades superiores, de las dos inferiores, de una extremidad inferior y otra superior, conceptuándose para este fin, como partes esenciales, el pie y la mano.
La lesión funcional del aparato locomotor que determine consecuencias análogas a la mutilación de las extremidades a que se refiere el punto anterior.
La pérdida de los ojos, entendiéndose como tal la anulación del órgano o pérdida de la fuerza visual.
La pérdida de un ojo, con disminución importante de la fuerza visual del otro.
La enajenación mental incurable.
Las lesiones orgánicas o funcionales del cerebro o de aparatos circulatorio o respiratorio, ocasionados directamente o indirectamente por acción mecánica de las maquinarias o elementos industriales y siempre que se reputen incurables.
La concurrencia de dos o más lesiones constitutivas cada una de incapacidad parcial y que avaluadas en conjunto, puedan reputarse análogas en sus consecuencias a una incapacidad absoluta.
miércoles, 27 de marzo de 2013
CLASIFICACIÓN DE LOS ACCIDENTES
La seguridad industrial busca minimizar los accidentes de trabajo. La LEY GENERAL DE HIGIENE Y SEGURIDAD OCUPACIONAL Y BIENESTAR, define el Accidente de Trabajo como: "un suceso imprevisto que altera una actividad de trabajo ocasionando lesión (es) al trabajador y/o alteraciones en la maquinaria, equipo, materiales y productividad".
Los accidentes de trabajo se clasifican en:
1) ACCIDENTE SIN AUSENCIA.
Son los que una vez ocurridos, el empleado continúa trabajando. Este tipo de accidentes no se considera en los cálculos de los coeficientes de frecuencia ni de gravedad, pero debe ser investigado y anotado en el informe.
Los accidentes de trabajo se clasifican en:
1) ACCIDENTE SIN AUSENCIA.
Son los que una vez ocurridos, el empleado continúa trabajando. Este tipo de accidentes no se considera en los cálculos de los coeficientes de frecuencia ni de gravedad, pero debe ser investigado y anotado en el informe.
martes, 26 de marzo de 2013
OBJETIVOS DE LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES.
Dentro de la seguridad industrial en el trabajo, la prevención de accidentes persigue:
• Evitar la lesión y/o muerte por accidentes en el trabajo.
• Reducción de los costos de accidentes, tanto directos como indirectos.
• Proporcionar seguridad al trabajador, para que incremente su rendimiento.
• Contar con un sistema de información estadístico, que permita detectar el avance o disminución de los accidentes, y las causas de los mismos.
• Elaborar un plan de Seguridad, que permita a la empresa desarrollar medidas básicas de seguridad e higiene.
• Mejorar la imagen de la empresa.
• Evitar la lesión y/o muerte por accidentes en el trabajo.
• Reducción de los costos de accidentes, tanto directos como indirectos.
• Proporcionar seguridad al trabajador, para que incremente su rendimiento.
• Contar con un sistema de información estadístico, que permita detectar el avance o disminución de los accidentes, y las causas de los mismos.
• Elaborar un plan de Seguridad, que permita a la empresa desarrollar medidas básicas de seguridad e higiene.
• Mejorar la imagen de la empresa.
lunes, 25 de marzo de 2013
SEGURIDAD EN EL TRABAJO.
La seguridad y la higiene en el trabajo son actividades ligadas que afectan directamente sobre la continuidad de la producción y sobre la moral de los empleados.
La seguridad en el trabajo es el conjunto de medidas técnicas, educacionales, médicas y psicológicas empleadas para prevenir accidentes, tendientes a eliminar las condiciones inseguras del ambiente, y a convencer a los empleados acerca de la necesidad de implantar prácticas preventivas.
En nuestro país, el Decreto Ley No. 16998, de 2 de agosto de 1979, pone en vigencia la LEY GENERAL DE HIGIENE, SEGURIDAD OCUPACIONAL Y BIENESTAR, que consta de 2 libros, 6 títulos, 32 capítulos y 415 artículos.
Esta ley aborda diferentes temas, estableciendo obligaciones tanto para empleadores como para empleados. Pero, para un mejor tratamiento de la seguridad en el trabajo, esta la dividimos en las siguientes tres partes:
1) PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DE TRABAJO.
2) PREVENCIÓN DE ROBOS.
3) PREVENCIÓN DE INCENDIOS.
A continuación se desarrolla cada uno de estos tópicos de forma inextensa.
La seguridad en el trabajo es el conjunto de medidas técnicas, educacionales, médicas y psicológicas empleadas para prevenir accidentes, tendientes a eliminar las condiciones inseguras del ambiente, y a convencer a los empleados acerca de la necesidad de implantar prácticas preventivas.
En nuestro país, el Decreto Ley No. 16998, de 2 de agosto de 1979, pone en vigencia la LEY GENERAL DE HIGIENE, SEGURIDAD OCUPACIONAL Y BIENESTAR, que consta de 2 libros, 6 títulos, 32 capítulos y 415 artículos.
Esta ley aborda diferentes temas, estableciendo obligaciones tanto para empleadores como para empleados. Pero, para un mejor tratamiento de la seguridad en el trabajo, esta la dividimos en las siguientes tres partes:
1) PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DE TRABAJO.
2) PREVENCIÓN DE ROBOS.
3) PREVENCIÓN DE INCENDIOS.
A continuación se desarrolla cada uno de estos tópicos de forma inextensa.
domingo, 24 de marzo de 2013
SUBSISTEMA DE CONTROL DE RRHH.
El quinto subsistema del sistema de administración de los recursos humanos es el subsistema de control de los recursos humanos.
El subsistema de control de los recursos humanos estará abocado al resguardo de la seguridad, la higiene dentro del área laboral y la medición del desempeño del trabajador, mediante:
a) Seguridad industrial.
b) Evaluación del desempeño.
c) Higiene industrial.
Cada uno de estos tópicos se verá con detalle a continuación:
El subsistema de control de los recursos humanos estará abocado al resguardo de la seguridad, la higiene dentro del área laboral y la medición del desempeño del trabajador, mediante:
a) Seguridad industrial.
b) Evaluación del desempeño.
c) Higiene industrial.
Cada uno de estos tópicos se verá con detalle a continuación:
sábado, 23 de marzo de 2013
PROGRAMACIÓN DEL TRABAJO DE LOS RRHH.
El último programa del subsistema de programación de los recursos humanos es el programa de trabajo. Dentro el subsistema de programación, este es el subsistema más importante, por lo que todos los subsistemas contribuyen a la programación del trabajo como se observa en la figura No. 3.14.
El subsistema de programación recibe información de los programas de Orientación, Entrenamiento, Promoción, Desarrollo y Vacaciones, además del subsistema de Legislación laboral, como se observa en la figura No. 3.14.
El subsistema de programación del trabajo es el homologo del subsistema de lanzamiento del SAP, como se verá en el siguiente capítulo.
El subsistema de programación del trabajo es un sistema emisor, que designa el puesto de trabajo para el empleado, su código, fecha de inicio de actividades y el tiempo que estará en el puesto. Esta designación se realizará en forma escrita mediante un MEMORANDUM, como se puede observar en el Anexo A - 6.
Para la programación del trabajo se tiene dos tipos de empleados, que son:
• Empleados administrativos
• Empleados de planta
Los empleados administrativos tienen un horario único, como se puede observar en el cuadro No. 3.17. y un puesto fijo, para el que han sido contratados.
Los empleados de planta, por las características del trabajo que desempeñan, tienen tres turnos de trabajo como se observa en el cuadro No. 3.17., y su permanencia en un puesto depende de varios factores.
Cuadro No. 3.17.
Horarios de Trabajo
La programación del trabajo culmina con la elaboración del Cuadro No. 3.18. en forma trimestral, con revisiones mensuales. El cuadro No. 3.18. presenta por filas el puesto o máquina designada al empleado y por columnas la semana que el empleado cubrirá ese puesto de trabajo.
El subsistema de programación recibe información de los programas de Orientación, Entrenamiento, Promoción, Desarrollo y Vacaciones, además del subsistema de Legislación laboral, como se observa en la figura No. 3.14.
El subsistema de programación del trabajo es el homologo del subsistema de lanzamiento del SAP, como se verá en el siguiente capítulo.
El subsistema de programación del trabajo es un sistema emisor, que designa el puesto de trabajo para el empleado, su código, fecha de inicio de actividades y el tiempo que estará en el puesto. Esta designación se realizará en forma escrita mediante un MEMORANDUM, como se puede observar en el Anexo A - 6.
Para la programación del trabajo se tiene dos tipos de empleados, que son:
• Empleados administrativos
• Empleados de planta
Los empleados administrativos tienen un horario único, como se puede observar en el cuadro No. 3.17. y un puesto fijo, para el que han sido contratados.
Los empleados de planta, por las características del trabajo que desempeñan, tienen tres turnos de trabajo como se observa en el cuadro No. 3.17., y su permanencia en un puesto depende de varios factores.
Cuadro No. 3.17.
Horarios de Trabajo
EMPLEADOS | TURNO | HORARIO | OBSERVACIÓN |
De planta | 1er turno | 7:00 - 15:00 | 8 horas diurnas |
2do turno | 15:00 - 23:00 | 5 horas diurnas - 3 horas nocturnas | |
3er turno | 23:00 - 7:00 | 1 hora diurna - 7 horas nocturnas | |
Administrativos | único | 8:00 - 12:00 14:00 - 18:00 | 8 horas diurnas |
Fuente: Elaboración propia.
La programación del trabajo culmina con la elaboración del Cuadro No. 3.18. en forma trimestral, con revisiones mensuales. El cuadro No. 3.18. presenta por filas el puesto o máquina designada al empleado y por columnas la semana que el empleado cubrirá ese puesto de trabajo.
viernes, 22 de marzo de 2013
ROL DE SALIDAS DE VACACIÓN
Este es el punto más importante de la programación de vacaciones para el proceso productivo, puesto que permite conocer con que personal se cuenta en diferentes períodos de tiempo.
Aplicando la escala de vacaciones del cuadro No. 3.14. se genera el cuadro No. 3.15., donde se puede observar el tiempo en días que los empleados no asistirán a cumplir sus funciones por contar con descanso anual.
El cuadro No. 3.15. presenta el total de las vacaciones indicadas por la escala de vacaciones según ley, pero este cuadro no incluye las faltas injustificadas que los empleados pudieran tener antes que llegue su descanso anual.
El cuadro No. 3.15. se elabora una vez al año, y su función es indicar cuántos días de descanso anual tiene por ley un empleado, pudiendo ser 0, 15, 20 o 30 días.
En forma mensual se elabora el cuadro No. 3.16., donde se indica los días de descanso anual pendientes y la fecha de salida del empleado.
Pero en definitiva, el día que sale el empleado de vacación, se le comunica los días de descanso que tiene, su remuneración económica y la fecha de incorporación, en forma escrita, como se puede observar el MEMORANDUM en el Anexo A - 5.
Aplicando la escala de vacaciones del cuadro No. 3.14. se genera el cuadro No. 3.15., donde se puede observar el tiempo en días que los empleados no asistirán a cumplir sus funciones por contar con descanso anual.
El cuadro No. 3.15. presenta el total de las vacaciones indicadas por la escala de vacaciones según ley, pero este cuadro no incluye las faltas injustificadas que los empleados pudieran tener antes que llegue su descanso anual.
El cuadro No. 3.15. se elabora una vez al año, y su función es indicar cuántos días de descanso anual tiene por ley un empleado, pudiendo ser 0, 15, 20 o 30 días.
En forma mensual se elabora el cuadro No. 3.16., donde se indica los días de descanso anual pendientes y la fecha de salida del empleado.
Pero en definitiva, el día que sale el empleado de vacación, se le comunica los días de descanso que tiene, su remuneración económica y la fecha de incorporación, en forma escrita, como se puede observar el MEMORANDUM en el Anexo A - 5.
jueves, 21 de marzo de 2013
SUELDO PROMEDIO EN PERIODO DE VACACIONES.
De acuerdo al Decreto Supremo 12059 de 24 de diciembre de 1974, en su articulo único indica que: Para el cálculo del salario a pagarse por el período de vacación anual, se tomará en cuenta el promedio del total ganado en los últimos 90 días trabajados con anterioridad a la fecha aniversario que, en cada año, origina el derecho a la vacación correspondiente con exclusión de todo el cargo por:
a) Trabajo extraordinario.
b) Bono de asistencia.
c) Bono o subsidio de movilidad.
d) Gastos de representación.
a) Trabajo extraordinario.
b) Bono de asistencia.
c) Bono o subsidio de movilidad.
d) Gastos de representación.
miércoles, 20 de marzo de 2013
PROGRAMACIÓN DE VACACIONES DE LOS RRHH
La quinta clase de programas, son los programas de descansos anuales o vacaciones. Para el subsistema de programación son importantes los siguientes aspectos:
a) Escala de vacaciones.
b) Remuneración durante las vacaciones.
c) Rol de salidas de vacación.
a) Escala de vacaciones.
b) Remuneración durante las vacaciones.
c) Rol de salidas de vacación.
martes, 19 de marzo de 2013
lunes, 18 de marzo de 2013
PREVENCIÓN DE ACCIDENTES.
La prevención de accidentes o la seguridad industrial, en el concepto moderno significa más que una simple situación de seguridad física, una situación de bienestar personal, un ambiente de trabajo idóneo, una economía de costos importantes y una imagen de modernización y filosofía de vida humana en el marco de la actividad laboral.
El ritmo de trabajo está determinado por la máquina de la que el individuo es su esclavo. La seguridad de empleo es incierta, los continuos reemplazos por ausentismo y rotación de puestos aumentan en forma indirecta la predisposición a los accidentes y sus causas, lo que crea falta de seguridad en el trabajo.
Por tal razón, de los diversos métodos que presentan las ciencias humanas, con sus limitaciones básicas, serán uno o varios los que se emplean en el presente proyecto de grado, por lo que se espera que los resultados sean lo más acertado posible.
El ritmo de trabajo está determinado por la máquina de la que el individuo es su esclavo. La seguridad de empleo es incierta, los continuos reemplazos por ausentismo y rotación de puestos aumentan en forma indirecta la predisposición a los accidentes y sus causas, lo que crea falta de seguridad en el trabajo.
Por tal razón, de los diversos métodos que presentan las ciencias humanas, con sus limitaciones básicas, serán uno o varios los que se emplean en el presente proyecto de grado, por lo que se espera que los resultados sean lo más acertado posible.
ESCALA DE VACACIONES.
El artículo 44 de la Ley General del Trabajo que fue modificado mediante el Decreto Supremo No. 3150, de 19 de agosto de 1952, y reglamentado por el Decreto Supremo No. 17288, de 18 de marzo de 1980, establece que los descansos anuales a que tienen derecho los trabajadores se regirán por la escala, que se presenta en el cuadro No. 3.14.
En consecuencia, las primeras cuatro vacaciones corresponden a períodos de quince días, las cinco siguientes a períodos de veinte días, y a partir de la décima vacación a períodos de treinta días hábiles.
ESCALA DE VACACIONES
AÑOS TRABAJADOS | DÍAS DE VACACIÓN |
De 1 a 5 años cumplidos de trabajo | 15 días |
De 5 a 10 años cumplidos de trabajo | 20 días |
De 10 años cumplidos adelante | 30 días |
Fuente: Art. 1 del Decreto Supremo 17288, de 18 de marzo de 1980.
En consecuencia, las primeras cuatro vacaciones corresponden a períodos de quince días, las cinco siguientes a períodos de veinte días, y a partir de la décima vacación a períodos de treinta días hábiles.
PROGRAMA DE DESARROLLO DE RRHH.
Los programas de desarrollo de recursos humanos o desarrollo profesional son el fruto de la aplicación de la planeación de la carrera profesional, como se vio en el punto 3.8.2. en la página 49.
La planeación de la carrera profesional del empleado y el desarrollo organizacional son la base para elaborar los programas de desarrollo de recursos humanos.
El desarrollo profesional se inicia en cada persona con su disposición a lograr metas y la aceptación de las responsabilidades que ello conlleva.
Las ventajas son tanto para la empresa como para el empleado, y están son:
• Mejores niveles de desempeño.
• Lealtad a la empresa.
• Menor índice de renuncias.
• Desarrollo personal.
• Oportunidades de ascenso.
• Mejores condiciones de trabajo.
• Mayor retribución económica.
Recordando la figura No. 3.7. y la figura No. 3.8. se presenta el camino que debe recorrer un empleado que inicia su labor en limpieza y desea escalar en el área de producción. En la figura No. 3.13. se presenta un organigrama, donde el jefe de mantenimiento debe conocer el funcionamiento de las máquinas y equipos en su parte mecánica, eléctrica e inclusive electrónica. Un posible reemplazante del jefe de mantenimiento es el mecánico, si complementase sus conocimientos con los de electricidad y electrónica.
Con el programa de desarrollo profesional, este empleado de profesión mecánico puede llegar a ser jefe de mantenimiento, si tuviese estudios de electricidad y electrónica.
Los programas de desarrollo profesional varían según la situación económica, civil, etc. de cada empleado considerado en alguno de los programas que van desde:
• Tolerancia en las horas de trabajo.
• Ayuda económica parcial.
• Beca completa.
La planeación de la carrera profesional del empleado y el desarrollo organizacional son la base para elaborar los programas de desarrollo de recursos humanos.
El desarrollo profesional se inicia en cada persona con su disposición a lograr metas y la aceptación de las responsabilidades que ello conlleva.
Las ventajas son tanto para la empresa como para el empleado, y están son:
• Mejores niveles de desempeño.
• Lealtad a la empresa.
• Menor índice de renuncias.
• Desarrollo personal.
• Oportunidades de ascenso.
• Mejores condiciones de trabajo.
• Mayor retribución económica.
Recordando la figura No. 3.7. y la figura No. 3.8. se presenta el camino que debe recorrer un empleado que inicia su labor en limpieza y desea escalar en el área de producción. En la figura No. 3.13. se presenta un organigrama, donde el jefe de mantenimiento debe conocer el funcionamiento de las máquinas y equipos en su parte mecánica, eléctrica e inclusive electrónica. Un posible reemplazante del jefe de mantenimiento es el mecánico, si complementase sus conocimientos con los de electricidad y electrónica.
Con el programa de desarrollo profesional, este empleado de profesión mecánico puede llegar a ser jefe de mantenimiento, si tuviese estudios de electricidad y electrónica.
Los programas de desarrollo profesional varían según la situación económica, civil, etc. de cada empleado considerado en alguno de los programas que van desde:
• Tolerancia en las horas de trabajo.
• Ayuda económica parcial.
• Beca completa.
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