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lunes, 18 de marzo de 2013

ESCALA DE VACACIONES.

El artículo 44 de la Ley General del Trabajo que fue modificado mediante el Decreto Supremo No. 3150, de 19 de agosto de 1952, y reglamentado por el Decreto Supremo No. 17288, de 18 de marzo de 1980, establece que los descansos anuales a que tienen derecho los trabajadores se regirán por la escala, que se presenta en el cuadro No. 3.14.

ESCALA DE VACACIONES
AÑOS TRABAJADOS
DÍAS DE VACACIÓN
De 1 a 5 años cumplidos de trabajo
15 días
De 5 a 10 años cumplidos de trabajo
20 días
De 10 años cumplidos adelante
30 días

            Fuente: Art. 1 del Decreto Supremo 17288, de 18 de marzo de 1980.



En consecuencia, las primeras cuatro vacaciones corresponden a períodos de quince días, las cinco siguientes a períodos de veinte días, y a partir de la décima vacación a períodos de treinta días hábiles.

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