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sábado, 30 de marzo de 2013

INCAPACIDAD PARCIAL Y PERMANENTE.

Son incapacidades parciales y permanentes las que determinan una disminución parcial pero definitiva, de la capacidad de trabajo. Los las siguientes:

 Pérdida o inutilización de la extremidad superior derecha, en su totalidad o en sus partes esenciales, considerándose como tales la mano, la totalidad de los dedos de la mano.
 Pérdida o inutilización de la extremidad superior izquierda, en su totalidad o en sus partes esenciales, la mano o la totalidad de los dedos de la mano.
 Inutilización total de los dedos de la mano.
 Pérdida o inutilización de luna de las extremidades inferiores, en su totalidad o en sus partes esenciales, conceptuándose parte esencial el pie.
 Pérdida o inutilización total de un pie.
 Pérdida de un ojo o de la visión.
 Sordera total.
 Hernia simple.
 Hernia doble.

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